Tasas del juicio monitorio
El importe de las tasas del juicio monitorio será de cien euros más un porcentaje sobre la cuantía que reclamemos.
Las tasas judiciales es un impuesto que hay que pagar cuando se acude a la via judicial, es decir cuando se interpone una demanda, un recurso, etc.
El juicio monitorio es utilizado frecuentemente porempresarios, profesionales, comunidades de propietarios y particulares, que necesitan cobrar sus deudas rápidamente y sin muchos costes.
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¿Quién tiene que pagar las tasas del juicio monitorio?
Las tasas serán abonadas por aquellas personas físicas, jurídicas (empresas), comunidades de propietarios,comunidades de bienes, etc., que acudan a la vía judicial para reclamar una cantidad contra otra persona mediante este tipo de proceso.
Hay que abonar las tasas del juicio monitorio antes de presentar la demanda. En su defecto, el Juzgado nos requerirá para que la presentemos en un plazo muy corto de tiempo, por lo que es convenientes, que se haga antes.
¿Cuándo no hay que pagar las tasas del juicio monitorio?
1.- Cuando la cuantía de la petición inicial del procedimiento monitorio no supere los DOS MIL EUROS(2.000 €). Es decir si una Comunidad de propietarios tiene que reclamar el pago de los gastos comunes contra un propietario moroso, si la deuda de este no supera 2.000 euros, estará exenta del pago de la tasa judicial.
2.- Las personas a las que se les haya reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita, tampoco tienen obligación de abonar la tasa judicial.
¿Qué importe hay que abonar por las tasas del juicio monitorio?
El importe de las tasas es el resultante de la suma de dos conceptos:
- Una CANTIDAD FIJA, ya se trate de una persona física o jurídica la que vaya a interponer una petición de juicio monitorio, será de CIEN EUROS (100 €).
- OJO: Las Comunidades de propietarios son consideradas a efectos del pago de la tasa como PERSONAS FÍSICAS.
- Una CANTIDAD VARIABLE, que dependerá de la cuantía que reclamemos en el proceso; sobre esta cuantía, las personas FISICAS pagarán el 0,10% de la cuantía, y las personas JURÍDICAS el 0,50%.
EJEMPLOS:
A) .- El dueño de un taller (PERSONA FÍSICA) va a interponer una petición de juicio monitorio contra un cliente que no le paga una factura por importe de 8.000 euros. El cálculo de las tasas del juicio monitorio serán:
- Con carácter FIJO y por el tipo de procedimiento (MONITORIO) …………. 100,00 euros
- Con carácter VARIABLE según la cuantía (8.000 € x 0,10%) ………………… 8,00 euros
- TOTAL A PAGAR POR TASAS JUDICIALES ………………………………………. 108,00 euros
B).- Una Comunidad de propietarios (considerada PERSONA FÍSICA) reclama 2.300 euros por gastos comunes a un vecino moroso. El cálculo de las tasas en el juicio del juicio monitorio serán:
- Con carácter FIJO y por el tipo de procedimiento (MONITORIO) …………. 100,00 euros
- Con carácter VARIABLE según la cuantía (2.300 € x 0,10%) ……………….. 2,30 euros
- TOTAL A PAGAR POR TASAS JUDICIALES ……………………………………… 102,30 euros
C).- Una empresa constituida como sociedad limitada (PERSONA JURÍDICA) reclama 37.000 euros a otra empresa. El cálculo de las tasas será:
- Con carácter FIJO y por el tipo de procedimiento (MONITORIO) …………. 100,00 euros
- Con carácter VARIABLE según la cuantía (37.000 € x 0,50%) ……………….. 185,00 euros
- TOTAL A PAGAR POR TASAS JUDICIALES ……………………………………….. 285,00 euros
¿Qué ocurre con las tasas si existe oposición al monitorio?
Si frente a la petición del monitorio, el demandado se opusiere a la cantidad total o parcialmente reclamada (OPOSICION PROCESO MONITORIO), el Juez dará por terminado el juicio monitorio y se sustanciará el litigio por un juicio verbal (cuantía reclamada hasta 6.000 €) o por un procedimiento ordinario (superior a 6.000 euros).
- Cuando la cuestión se tenga que solventar por un JUICIO VERBAL, no habrá que pagar más tasas judiciales.
- Cuando después de la oposición del monitorio se siga un PROCEDIMIENTO ORDINARIO, el que reclama la deuda deberá pagar nuevamene TASAS JUDICIALES por el proceso ordinario, de las que se descontará el importe satisfecho por las del proceso monitorio previo.
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